Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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100186
Legislatura: 1887-1888
Sesión: 27 de junio de 1888
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Marqués de Sardoal.
Número y páginas del Diario de Sesiones: 143, 2971.
Tema: Discusión sobre dimisión del Sr. Martínez de Campos del cargo de Capitán General de Castilla la Nueva.

El Sr. Presidente del Consejo de Ministros (Sagasta): Yo siento mucho, Sres. Senadores, que el Sr. Marqués de Sardoal no tomara parte en la discusión que ayer tuvo lugar en esta Cámara; y lo siento, primero, por el motivo que se lo impidió, porque a mí me interesa mucho la salud de S.S., y naturalmente, me es muy sensible que no pudiera intervenir en el debate, a causa de una enfermedad; y en segundo lugar lo siento, porque de haber terciado S.S. en la discusión, se hubiera ahorrado las preguntas que acaba de dirigirme, y que realmente son la reproducción del debate que ha tenido lugar y que esta alta Cámara dio ya por concluido.

Sin embargo, y en mi deseo de no reproducir esa discusión, ya terminada, diré a S.S. que respecto a la primera de sus preguntas, apenas puedo contestarle nada, por la misma razón en que S.S. ha apoyado sus argumentos contra los que han hablado acerca de la consulta del Consejo Supremo de la Guerra; porque si, realmente, no lo debe saber nadie, claro es que yo tampoco debo decirlo para que nadie lo sepa.

De manera que para los efectos que el Sr. Marqués de Sardoal quiere, yo no sé todavía nada de lo que dice la consulta; el Gobierno resolverá, y en vista de su resolución, lo mismo el Sr. Marqués de Sardoal que todos los Sres. Senadores, tendrán el derecho de combatir o apoyar al Gobierno por la resolución que adopte, fundándose o no en el dictamen de ese Cuerpo consultivo, porque en último resultado el Gobierno no tiene necesidad de seguir la opinión del Supremo Consejo de la Guerra, ni en ese ni en ningún informe que le pida, como Cuerpo consultivo.

Respecto a la segunda pregunta, ¿qué le he de decir yo a S.S.? Ya se debatió sobre esto mismo; ahí están las leyes, la Constitución y la ley consultiva del ejército, donde se determinan las facultades, atribuciones y jerarquías del Ministro de la Guerra, de los capitanes generales del ejército y de todos los demás oficiales; y yo le digo a S.S., que cualesquiera que sean las opiniones que sobre ese punto se hayan emitido, no tienen valor ni fuerza alguna si están contra las leyes, y en cambio tendrán el valor que las leyes del den, si están conformes con ellas. No tengo más que decir a S.S. [2971]



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